Artículo 7.371 del Código Civil del Estado de México
Denuncia del pleito al enajenante
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMO. Del Incumplimiento de las Obligaciones · CAPITULO II. Del Saneamiento por Evicción
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El adquirente, luego que sea emplazado, debe denunciar el pleito de evicción al que le enajenó.