Artículo 1590 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo octavo. De la transmision de los derechos de credito y de los derechos reales · Capitulo V. Del saneamiento · Seccion primera. De la eviccion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El adquirente, luego que sea emplazado, debe denunciar el pleito de evicción al que le enajenó.