Artículo 7.458 del Código Civil del Estado de México
Inexistencia de la novación
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMO SEGUNDO. De la Extinción de las Obligaciones · CAPITULO IV. De la Novación
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si la obligación se hubiere extinguido al tiempo en que se celebra la novación, ésta será inexistente.