Artículo 7.511 del Código Civil del Estado de México
Requisitos para que el acreedor prendario sea preferente
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO UNICO. De la Concurrencia y Prelación de los Créditos · CAPITULO II. De los Créditos Hipotecarios, Pignoraticios y de algunos otros Privilegios
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Para que el acreedor pignoraticio cobre preferentemente su crédito sin entrar a concurso, es necesario que cuando la prenda le hubiere sido entregada materialmente, la conserve en su poder, o que sin culpa suya haya perdido su posesión; y que cuando le hubiere sido entregada al deudor o a un tercero, no haya consentido en que éstos la entreguen a otra persona.