Artículo 7.63 del Código Civil del Estado de México
Renuncia futura sobre dolo, mala fe, lesión o violencia
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO SEGUNDO. De los Contratos en General · CAPITULO V. Vicios del Consentimiento
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Es ilícita la renuncia futura sobre la nulidad que resulte del dolo, mala fe, lesión o violencia.