Artículo 7.654 del Código Civil del Estado de México
Donatario responsable de los frutos
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO CUARTO. De las Donaciones · CAPITULO III. De la Revocación y Reducción de las Donaciones
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Revocada o reducida una donación por inoficiosa, el donatario sólo responderá de los frutos desde que sea notificado de la demanda.