Artículo 7.652 del Código Civil del Estado de México
Inmueble donado no divisible
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO CUARTO. De las Donaciones · CAPITULO III. De la Revocación y Reducción de las Donaciones
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Cuando el inmueble no pueda ser dividido y el importe de la reducción exceda de la mitad del valor de aquél, recibirá el donatario el resto en dinero.