Artículo 7.998 del Código Civil del Estado de México
Requisitos para reclamar las pensiones
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMOSEGUNDO. De los Contratos Aleatorios · CAPITULO II. De la Renta Vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El pensionista solo puede demandar las pensiones, justificando su existencia o la de la persona sobre cuya vida fue tomada como plazo para la constitución de la renta.