CPEDOMEX · Art. 106 Bis

Artículo 106 Bis del Código Penal del Estado de México

LIBRO PRIMERO · TITULO QUINTO. EXTINCION DE LA PRETENSION PUNITIVA · CAPÍTULO XIV. CRITERIO DE OPORTUNIDAD

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 25 de septiembre de 2026

La aplicación de un criterio de oportunidad, extingue la acción penal, con respecto del autor o partícipe en cuyo beneficio se dispuso.

Si la decisión se funda en la insignificancia del hecho, sus efectos se entenderán a todos los que reúnan las mismas condiciones.

Tratándose de delitos cometidos con violencia de género no aplicarán los criterios de oportunidad.

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Última reforma
(Gaceta del Gobierno del Estado de México)

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Cómo citar

Artículo 106 Bis, Código Penal del Estado de México (Estado de México). Texto vigente, última reforma 25 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-106-bis/

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