CCGTO · Art. 1570

Artículo 1570 del Código Civil de Guanajuato

Libro tercero. De las obligaciones · Primera Parte. De las obligaciones en general · Título Cuarto. Efectos de las obligaciones I. Efectos de las Obligaciones entre las Partes Cumplimiento de las obligaciones · Capítulo I. Del pago

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025

El pago se hará en el tiempo designado en el contrato, exceptuando aquellos casos en que la ley permita o prevenga expresamente otra cosa.

La falta de pago puntual causará el interés legal del 6% anual, si al respecto no hubiere pacto entre las partes.

En los casos a que se refiere el Artículo 1590 no incurrirá el deudor en mora, si dentro del término de diez días de ser exigible la obligación, efectúa el ofrecimiento del pago ante la autoridad judicial, con los requisitos que, para el pago, señala el artículo anterior.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato)

Notas de reforma de este artículo

  • (ADICIONADO, P.O. 10 DE JUNIO DE 2005)
  • (REFORMADO, P.O. 10 DE JUNIO DE 2005)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • la fuente rotula 'Art. 10014 (sic)' entre 1013 y 1015; se publica como '1014' por posición, con el rótulo literal en nota_reforma
  • 25 notas de reforma referidas a encabezados (denominación de libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo
  • diferencia parser/índice: solo parser ['2195e']; solo índice ['2195–e']
  • Párrafos: límites tomados del .doc oficial de la misma reforma (https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/word/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto. Se omite el encabezado repetido de cada página.
  • Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').
  • Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto.

Transitorios (82 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 1570, Código Civil de Guanajuato (Guanajuato). Texto vigente, última reforma 18 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1570/

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