Artículo 2350 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Decimotercero. De la fianza · Capítulo VI. De las fianzas legal y judicial
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
El fiador legal o judicial no puede pedir la excusión de los bienes del deudor principal, ni los que fían a esos fiadores pueden pedir la excusión de éstos, así como tampoco la del deudor.