CCCOAH · Art. 3321

Artículo 3321 del Código Civil de Coahuila

Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo I. De la fianza · Sección X. De la fianza legal o judicial

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

El fiador legal y el judicial no pueden pedir la excusión de los bienes del deudor principal, ni los que fían a esos fiadores pueden pedir la excusión de éstos, así como tampoco la del deudor.

Leer de corridodentro de Sección X. De la fianza legal o judicial

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
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Transitorios (44 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 3321, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3321/

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