Artículo 3018 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo VI. De la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
El Juez deberá tomar en cuenta en la partición a su cargo, la situación personal de los herederos, los usos locales y el parecer de la mayoría.