Artículo 3031 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo VII. De los efectos de la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
La partición debe ser registrada en relación a cada inmueble comprendido en ella, y entre tanto no se haga, no producirá efectos en perjuicio de tercero.