Artículo 619 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Noveno. De la tutela · Capítulo X. Del desempeño de la tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Para todos los gastos extraordinarios que no sean de suma urgencia para la persona del incapacitado o para la conservación o reparación de los bienes del mismo, necesita el tutor la autorización del Juez con audiencia del curador.