Artículo 649 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Noveno. De la tutela · Capítulo XI. De las cuentas de la tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Deben abonarse al tutor todos los gastos hechos debida y legalmente, aunque los haya aplicado de su propio caudal y aunque de ellos no haya resultado utilidad al menor, si esto ha sido sin culpa del tutor.