Artículo 213-c del Código Penal de Guanajuato
Libro segundo · Parte especial · Título quinto. De los delitos contra el patrimonio · Capítulo VIII. Operaciones con recursos de procedencia ilícita
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Si en las conductas mencionadas en el presente capítulo participa algún servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, investigación o persecución del delito; aplicación o ejecución de sanciones respecto de delitos, la punibilidad prevista en el artículo 213-a, se aumentará de un tercio del mínimo a un tercio del máximo.