Artículo 267 del Código Penal de Guanajuato
Libro segundo · Parte especial · Título cuarto. De los delitos contra la procuración y administración de justicia · Capítulo V. Falsas denuncias
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Se aplicará de uno a cinco años de prisión y de diez a cincuenta días multa a quien por medio de una denuncia o querella atribuya falsamente a otra persona un hecho considerado como delito por la ley.
Cuando esté pendiente el proceso que se instruya por el delito atribuido, se suspenderá el ejercicio de la acción de falsas denuncias, hasta que aquél concluya con resolución irrevocable.