Artículo 1908 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo quinto. De la transmisión de las obligaciones · Capítulo II. De la cesión de derechos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si el crédito cedido consistiere en una renta perpetua, la responsabilidad por la solvencia del deudor se extinguirá a los cinco años contados desde la fecha de la cesión.