Artículo 2006 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo sexto. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES I. Efectos de las obligaciones entre las partes. Del cumplimiento de las obligaciones · Capítulo IV. De la rescisión de los negocios jurídicos Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La resolución del negocio jurídico, fundada en la falta de pago por parte del adquirente de la propiedad de bienes inmuebles, u otro derecho real sobre los mismos, no surtirá efectos contra tercero de buena fe, si no se ha estipulado expresamente y la estipulación ha sido inscrita en el Registro Público de la Propiedad en la forma prevista por la ley.