Artículo 2102 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo septimo. De la extinción de las obligaciones · Capítulo IV. De la confusión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La obligación se extinguirá por confusión, con todos sus accesorios legales, en el momento mismo en que las calidades de acreedor y de deudor se reúnan en una misma persona. La obligación renacerá si la confusión cesare.