Artículo 2439 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo octavo. Del depósito y del secuestro · Capítulo I. Del depósito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El depósito será un contrato por el cual el depositario se obligue a custodiar el bien, mueble o inmueble, que el depositante le confíe, y a restituirlo cuando éste se lo pidiere.