Artículo 549 del Código Civil de Guerrero
Libro segundo. De la familia · Titulo tercero. De la filiación · Capítulo III. De las acciones dimanadas del estado de hijo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Las acciones civiles que se intenten contra el hijo por los bienes que ha adquirido durante su estado de hijo aunque después resulte no serlo, se sujetarán a las reglas comunes de la prescripción.