Artículo 1140 del Código Civil de Hidalgo
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Si los inmuebles mudan de dueño, la servidumbre continúa ya activa, ya pasivamente, en el predio u objeto en que estaba constituida, hasta que legalmente se extinga.