Artículo 1236 del Código Civil de Hidalgo
Libro segundo. De los bienes · Titulo septimo. De la prescripcion · Capitulo III. De la prescripción negativa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Prescribe en dos años la acción para pedir la devolución de un vale o escrito privado, en que una persona confiesa haber recibido de otra una suma prestada, cuando realmente no la haya recibido. Los dos años se contarán desde la fecha del documento.