Artículo 1441 del Código Civil de Hidalgo
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
En el legado, de especie el heredero debe entregar la misma cosa legada; en caso de pérdida se observará lo dispuesto para las obligaciones de dar cosa determinada.