Artículo 1394 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título segundo. De la Sucesión por Testamento · Capítulo séptimo. De los Legados · Sección duodécima. Legado de Especie
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
En el legado de especie, el heredero debe entregar el mismo bien legado y en caso de pérdida se observará lo dispuesto para las obligaciones de dar un bien determinado.