Artículo 2440 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo IV. Del arrendamiento de fincas urbanas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Se prohíbe al arrendador cobrar rentas adelantadas, excepción hecha del mes de depósito como garantía y de los casos en que el importe de las rentas adelantadas se invierta en su totalidad en mejoras o para pago de contribuciones de la propia finca.