Artículo 2444 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo V. Del arrendamiento de fincas rústicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Son aplicables al arrendamiento de fincas rústicas lo previsto por los artículos 2440 y 2441 en su primera parte, por lo que el arrendador no podrá cobrar rentas mayores del dos por ciento mensual sobre el valor fiscal de la finca rústica.