Artículo 2318 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo segundo. De la hipoteca · Capítulo III. De la hipoteca necesaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si el responsable de la hipoteca designada en las fracciones II, III y IV del artículo 2315 no tuviere inmuebles, no gozará el acreedor más que del privilegio mencionado en el artículo 1574, fracción I, salvo disposición legal en otro sentido.