Artículo 2491 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo septimo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El comodatario adquiere el uso, pero no los frutos y accesiones de la cosa prestada.