Artículo 2893 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. De la anticresis
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Cuando por cualquier causa no puedan ser exactamente conocidos los frutos, se regularán por peritos como si el inmueble estuviere arrendado.