Artículo 876 del Código Civil de Hidalgo
Libro segundo. De los bienes · Titulo tercero. De la posesion · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El poseedor actual que pruebe haber poseído en tiempo anterior, tiene a su favor la presunción de haber poseído en el intermedio.