Artículo 112 del Código Penal de Hidalgo
Libro primero · Titulo cuarto · Capitulo III. Muerte del delincuente
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
La muerte del delincuente extingue la acción penal y la potestad de ejecutar penas y medidas de seguridad, excepto lo relacionado con el decomiso, destrucción y pérdida de objetos, instrumentos y productos del delito y la reparación de daños y perjuicios.