Artículo 260 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo primero. Delitos contra la seguridad y el normal funcionamiento de las vías de comunicación y de los medios de transporte · Capitulo II. Violación de correspondencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Al que dolosamente abra o intercepte una comunicación escrita que no esté dirigida a él, se le impondrá de tres a cinco meses de prisión o de 5 a 20 días multa.
Este delito se perseguirá por querella.