Artículo 66 del Código Penal de Hidalgo
Libro primero · Titulo tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capitulo VI. Apercibimiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
El apercibimiento consiste en la conminación que la autoridad hace a una persona cuando se teme con fundamento que está en disposición de cometer un delito ya sea por su actitud o por amenazas, de que en caso de cometer éste se hará acreedor a una pena. Si no fuere suficiente el apercibimiento podrá exigirse además una caución de no ofender u otra garantía.