Artículo 1223 del Código Civil de Jalisco
LIBRO TERCERO. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones · TÍTULO DECIMOPRIMERO. Del derecho de superficie · CAPÍTULO UNICO
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Las partes pueden pactar, en caso de ser factible, que el superficiario al término de su derecho retire su construcción.