Artículo 1756 del Código Civil de Jalisco
LIBRO CUARTO. De las obligaciones · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TÍTULO QUINTO. Extinción de las obligaciones · CAPÍTULO VI. La caducidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
La caducidad legal debe tenerse por cumplida aunque no se invoque por parte legítima.
La caducidad convencional debe ser siempre reclamada por parte legítima.