Artículo 1945 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO CUARTO. De las donaciones · CAPÍTULO III. De la revocación y reducción de las donaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Rescindida o revocada la donación se restituirán al donante los bienes donados, o su valor si han sido enajenados.