Artículo 2215 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO NOVENO. Del mandato · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Para hacer factible la sustitución del apoderado en el contrato de mandato, deberá de señalarse en forma expresa dicha facultad.