Artículo 2217 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO NOVENO. Del mandato · CAPÍTULO II. De las obligaciones del mandatario con respecto al mandante
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
El mandatario, en el desempeño de su encargo, se sujetará a las instrucciones recibidas del mandante y en ningún caso podrá proceder contra disposiciones expresas del mismo.