Artículo 2276 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO DECIMO. De los contratos de prestación de servicios · CAPÍTULO II. Del contrato de obras a precio alzado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
El riesgo de la obra correrá a cargo del empresario, hasta el acto de la entrega, a no ser que hubiere morosidad de parte del dueño de la obra en recibirla, o convenio expreso o contrario.