Artículo 2411 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO DECIMOTERCERO. De la fianza · CAPÍTULO I. De la fianza en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Puede también prestarse fianza en garantía de deudas futuras, cuyo importe no sea aún conocido; pero no se podrá reclamar contra el fiador hasta que la deuda sea líquida. Podrá pactarse en este tipo de fianzas, el límite hasta el cual responderá el fiador.