Artículo 2671 del Código Civil de Jalisco
LIBRO SEXTO. De las sucesiones · TÍTULO SEGUNDO. De la sucesión por testamento · CAPÍTULO I. De los testamentos en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Podrá el testador señalar para la adecuada interpretación de su testamento las causas y circunstancias por las que se otorga en determinado sentido y no será causa de invalidez el hecho de que las mismas sean erróneas o falsas, ya que con ello se pretende preservar los derechos de afección de que es titular.