CPJAL · Art. 169

Artículo 169 del Código Penal de Jalisco

LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR · TÍTULO NOVENO. FALSEDAD · CAPÍTULO VI. Variación del Nombre o del Domicilio

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 8 de septiembre de 2026

Se impondrán de veinte a cincuenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad y multa por el importe de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización:

I.Al que, con un fin ilícito, oculte su verdadera identidad, modificando su nombre o apellido con el que sea conocido, o cualquiera de los atributos previstos en el Código Civil del Estado de Jalisco; tome otro ficticio, o asuma el de otra persona al declarar ante cualquier autoridad en el ejercicio de sus funciones;

II.Al que, para eludir la práctica de una diligencia judicial, ministerial o una notificación de cualquier clase, o citación de una autoridad, oculte su domicilio, o designe otro distinto o niegue de cualquier modo el verdadero; y

III.Al servidor público que, en los actos propios de su cargo, atribuyese a una persona, título o nombre a sabiendas de que no le pertenece.

Al reincidente se le impondrá además de las sanciones señaladas, una pena de seis meses a un año de prisión.

Sobre este texto
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Última reforma
(Periódico Oficial El Estado de Jalisco)

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Pendiente de verificar

  • artículos con nota de la fuente 'declarado inválido' por la SCJN (se dejan como 'vigente' porque el esquema no tiene ese estado): 154-D
  • Párrafos: límites tomados del .doc oficial (misma versión, mismo sello de fecha en el nombre del archivo: https://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/legislacion/C%C3%B3digos/C%C3%B3digo%20Penal%20para%20el%20Estado%20Libre%20y%20Soberano%20de%20Jalisco%20-240926.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto.
  • Números de artículo normalizados en espacios/guiones respecto de la fuente: p. ej. '176-Bis.1.' -> '176-Bis 1', '176- Ter 1.' -> '176-Ter 1', '176-Ter2.' -> '176-Ter 2'; se conserva el estilo de la fuente ('154-A', '242 A', '190 BIS').
  • artículos derogados cuyo texto literal en la fuente es 'Se deroga': 12 — 119 Bis, 126, 127, 130, 134, 135 bis, 140, 149, 182, 195, 196, 227

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Cómo citar

Artículo 169, Código Penal de Jalisco (Jalisco). Texto vigente, última reforma 8 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-169/

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