Artículo 1322 del Código Civil de Michoacán
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Título cuarto. Efectos de las obligaciones i. efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capítulo II. De la evicción y saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Los peritos declararán terminantemente si los vicios eran anteriores a la enajenación y si por causa de ellos no puede destinarse la cosa a los usos para que fue adquirida.