Artículo 16 del Código Civil de Michoacán
Libro segundo. De las personas · Título primero. De las personas físicas (reformado, p.o. 8 de diciembre de 2010)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Son personas físicas los seres humanos, quienes adquieren la capacidad de goce y ejercicio en los términos y condiciones establecidos legalmente.