Artículo 169 del Código Civil de Michoacán
Libro tercero. De los bienes · Título cuarto. De la propiedad · Capítulo IV. Del derecho de accesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Las crías de los animales pertenecen al dueño de la madre y no al del padre, salvo convenio anterior en contrario.