Artículo 1013 del Código Civil de Morelos
PROHIBICION DE PLANTAR ARBOLES CERCA DE PREDIO AJENO
Libro cuarto. De los bienes de los derechos reales · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo II. Relaciones juridicas para la vecindad, deslinde restricciones por la colindancia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Nadie puede plantar árboles cerca de una heredad ajena, sino a la distancia de dos metros de la línea divisoria si la plantación se hace de árboles grandes, o de un metro, si la plantación se hace de arbustos o árboles pequeños.