Artículo 69 del Código Civil de Morelos
INCAPACIDAD PARA HEREDAR POR RAZONES DE ORDEN PÚBLICO
Libro segundo. De las personas · Titulo primero. De las personas juridicas · Capítulo V. De la nacionalidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Los extranjeros y las personas jurídicas colectivas son capaces de adquirir bienes por testamento o por intestado, pero su capacidad tiene las limitaciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la del Estado Libre y Soberano de Morelos y en las leyes que de ésta emanen.